Por Antonio Medina/Agencia
NotieSe
Las detenciones de personas
gays por tomarse de la mano o darse un beso en público, son arbitrarias,
responden a visiones moralistas y no jurídicas, manifestó Rodolfo Millán
Dena, asesor jurídico de la Comisión Ciudadana Contra Crímenes de Odio por
Homofobia (CCCCOH).
En entrevista con NotieSe,
Millán da su punto de vista de la actitud de las autoridades sobre dichas
detenciones, pero también critica a los jóvenes gays que ceden a la
extorsión y a la violación de sus derechos por no estar informados.
Entre el 9 y el 16 de abril pasados hubo tres detenciones contra parejas gays
en la ciudad de México. En todos los casos, el común denominador fue la
homofobia social e institucional, la lectura ambigua y prejuiciada de las
leyes y tuvo como consecuencia la violación de los derechos de los ciudadanos
gays.
Un caso se dio en una plaza
comercial de Aragón, donde policías detuvieron a dos jóvenes (bajo el
argumento de "faltas a la moral"), uno de ellos invidente, quien
tocaba el rostro de su acompañante. Otro caso se dio en el Centro Histórico,
donde Alonso Hernández y su pareja caminaban tomados de la mano, cuando
fueron detenidos por policías bancarios.
Además, José (de 21 años)
y Ross (canadiense de 22 años) fueron detenidos en Paseo de la Reforma por
tomarse de la mano y besarse, luego de que la señora Josefina Rodríguez
Vázquez, con su hija de 12 años, decidió llamar una patrulla al sentirse
ofendida con la muestra de afecto de dos hombres.
Los jóvenes fueron
trasladados al Juzgado Cívico Tercero de lo Familiar, donde la jueza Bárbara
Samperio determinó que infringieron la ley con base en el artículo VIII,
fracción I, el cual dice que "realizar expresiones o actos aislados que
se encuentren dirigidos contra la dignidad de personas determinadas"
serán sancionados.
La opción era pagar una
multa de 45 pesos, la más baja, o permanecer de 6 a 12 horas detenidos. Los
jóvenes optaron por la multa y no saber más del asunto.
Al respecto, Rodolfo Millán
Dena, asesor jurídico de la Comisión Ciudadana Contra Crímenes de Odio por
Homofobia, señaló que la jueza Bárbara Samperio, responsable del Juzgado
Cívico Tercero de lo Familiar, aplicó mal el artículo VIII, fracción I.
"Suponer que la
demostración del afecto de los jóvenes pueda atentar contra la dignidad de
otros, responde a una concepción moralista y no jurídica. Ellos simplemente
actuaron conforme a sus sentimientos y eso no debe ofender a nadie, por ello
la aplicación de la ley fue ilegal", aseguró.
Subrayó que ese mismo
artículo debió ser sido utilizado por Samperio para defender la dignidad de
los jóvenes, que fueron ofendidos por la denunciante. "Si admitimos que
los actos de afecto entre homosexuales atacan la dignidad de las otras
personas, estaríamos aceptando que lo que hacen es vergonzoso o indigno y
legitimaríamos la visión moralista y homofóbica de la sociedad y de las
autoridades judiciales", añadió.
El litigante, quien se ha
destacado por su trabajo en pro de la comunidad LGBT desde hace más de dos
décadas, explicó que cuando se modificaron los conceptos de "moral y
buenas costumbres" en los documentos anteriores de Policía y Buen
Gobierno para hacer la nueva relación de lo que ahora llamamos "faltas
administrativas"; se pretendía dejar fuera conceptos que se prestaran a
interpretación de jueces homófobos.
¿Qué
debió hacer la jueza?
Para empezar, explicarle a la señora Josefina Rodríguez, la
denunciante, que los jóvenes están ejerciendo su derecho para mostrarse su
afecto, que es un derecho humano y si ella en ese momento deseaba reprimirlos,
estaría cometiendo una violación a sus derechos humanos. Además, debió
explicarle que su actitud homofóbica sí atenta contra la dignidad de las
personas, porque cualquiera que sea su género u orientación sexual pueden
demostrarse el afecto.